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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4764
HERENCIAS Y LEGADOS, PAGO DEL IMPUESTO SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4764
No puede quedar sujeto el impuesto sobre herencias y legados, cuando existe un crédito hipotecario, a tomar como base para pago del impuesto, el importe en que se finque el remate de un inmueble, pues ello no ajusta a la realidad de las cosas que es el espíritu de la ley, no obstante que un acreedor hipotecario obtenga un beneficio excesivo, como acontece cuando se adjudica un bien inmueble en una cantidad muy inferior a su valor positivo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 861/40. De la Lama y Basurto, S. A. 12 de junio de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rodolfo Asiáin y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.