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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4788
REFORESTACION, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA QUE SE ESTE LLEVANDO A CABO EN TERRENOS OBTENIDOS POSTERIORES A LA ORDEN DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4788
Si en la fecha en que se ordenó y se inició la reforestación de un terreno, el que reclame tal acto no aparecía como dueño, es claro que dicha orden de reforestación no pudo afectar sus intereses jurídicos, y aunque con posterioridad haya pretendido demostrar ser propietario del predio, su gestión resulta extemporánea, ya que la constitucionalidad de los actos que se reclamen en amparo, debe examinarse según la situación jurídica establecida en la fecha en que esos actos tuvieron lugar.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 959/40. Aguilar Eligio. 3 de agosto de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente y relator: José María Truchuelo.