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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 765
IMPUESTO PREDIAL EN EL DISTRITO, VALORACION DE LAS CONSTRUCCIONES PARA EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 765
La Ley del Impuesto Predial en el Distrito Federal, no autoriza en la valoración de construcciones, que se desatiendan las tablas respectivas, ya que de hacerlo, procederá conceder el amparo, para el efecto de que la autoridad correspondiente, practique nuevo avalúo, sujetándose a las normas establecidas en las tablas mencionadas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6544/39. Banco de México, S.A. 16 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.