Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/327912
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327912
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 981
EXPENDIOS DE PAN, SUSPENSION EN CASO DE CLAUSURA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 981
Es improcedente conceder la suspensión contra la orden de clausura de un expendio de pan, que no cuente con la licencia respectiva, porque de concederse la medida, se perjudicaría el interés general, que radica esencialmente en que todas las actividades mercantiles e industriales, estén debidamente regaladas; para lo cual es preciso la observancia de reglamentos que normen esas actividades, sin que pueda argumentarse en contrario, que dichas negociaciones pueden funcionar indebidamente, sólo por los tramites que estén llevando para obtener la licencia respectiva.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1470/41. Garibay Montañés Emilio. 19 de julio de 1941. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente.