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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1813
CAMINOS, CUANDO SON VIAS GENERALES DE COMUNICACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1813
El camino México-Puebla-Perote-Jalapa-Veracruz, debe considerarse vía general de comunicación, en virtud de que une a dos capitales de Entidades Federativas, teniendo la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, por conducto de sus respectivas dependencias, facultad para intervenir, levantando infracciones en esa vía, de acuerdo con el artículo 1o. fracción VI, inciso b), de la Ley de Vías Generales de Comunicación de 1932, que considera a los caminos como vías generales de comunicación, cuando comunican entre sí las capitales de Entidades Federativas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6408/40. Ortega Brito Gregorio y coagraviado. 1o. de agosto de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.