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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1883
CARBON, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA ORDEN DE CAMBIAR DE LUGAR, LOS EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1883
Si se reclama la orden dada por la autoridad sanitaria, para que una persona traslade su expendio de carbón del local que ocupa fuera del radio de un mercado, la suspensión es improcedente, porque basándose esa orden en razones de interés público que descansan en la higiene y en la salubridad pública, no debe concederse la suspensión, pues de hacerlo, se quebrantaría lo dispuesto en la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensió. 3689/41. Parra María Luz. 2 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.