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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3057
NEGOCIACION MERCANTIL, CONCEPTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3057
La doctrina, especialmente la italiana, enseña que el concepto de negociación mercantil implica la concurrencia de los siguientes elementos: a) la persona de los colaboradores que formen parte de la hacienda, es decir, el personal que presta sus servicios de trabajo; b) las relaciones con personas que quedan fuera del organismo hacendario, tales como son los clientes, los proveedores, los usuarios, los que proporcionan crédito, etcétera; c) las cosas materiales, los bienes inmateriales y las marcas distintas; las materias primas; los productos de la elaboración industrial; el numerario; los muebles, enseres, inmuebles, patentes nombre y marca comerciales; d) el aviamiento, que se relaciona con la utilidad de los bienes y servicios combinados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 894/41. Compañía Eléctrica Mexicana, S.A. 26 de Agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta correspondiente. Relator: Franco Carreño.