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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3462
TRIBUNAL FISCAL, CUANDO SE INICIA LA JURISDICCION ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3462
La jurisdicción del Tribunal Fiscal se inicia en la fecha de la radicación de una inconformidad, debiendo contarse desde entonces, el plazo para sobreseer por falta de promoción, sin que sea de tomarse en cuenta la solicitud de sobreseimiento que se haga antes de la fecha de radicación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1815/40. "Textiselas", S.A. 3 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.