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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3828
COOPERACION, SUSPENSION PROCEDENTE CONTRA LA FIJACION DE IMPUESTOS POR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3828
Si se reclama la contribución extraordinaria que a título de cooperación se ha impuesto sobre un lote de terreno propiedad de un individuo, procede conceder la suspensión mientras se falla el asunto en lo principal sin que valga en contrario la apreciación que haga la autoridad responsable de que no se trata de un impuesto sino de una taxa, que según la definición de Fleimer, es la remuneración de derecho público que se exige unilateralmente al ciudadano, por un servicio especial en la administración pública; porque cualquiera que sea la denominación que se le dé al cobro de la cantidad que se exige al interesado, para contribuir a las mejoras realizadas en la zona donde se encuentra ubicado el lote de referencia, es indudable que aquél tiene el carácter de un pago fiscal que se rige por lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley de Amparo, ya que se destina a satisfacer un servicio público, y se exige por la autoridad fiscal, mediante el procedimiento económico coactivo que fija la ley de esa materia.
Precedentes
Tomo LXIX, página 5320. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 4009/41. Iwersen viuda de Herrmann Ana. 8 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIX, página 3828. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3941/41. Aviña Jesús. 8 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.