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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4651
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, MERCANCIAS REMITIDAS DEL EXTRANJERO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4651
Debe afirmarse que el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, establecido por Decreto de 30 de agosto de 1937, no tiene efectos extraterritoriales, pues lo que consigna, es que se graven las utilidades obtenidas por extranjeros residentes fuera de la República, por las mercancías que remitan al territorio nacional, esto es, por utilidades obtenidas por operaciones que producen efectos jurídicos o económicos en la República.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3894/41. Crown Paper Company. 24 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.