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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4762
EXPROPIACION, RECURSO ORDINARIO QUE NO DEBE AGOTARSE ANTES DE OCURRIR AL AMPARO (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4762
Procede el amparo contra un decreto expropiatorio fundado en la Ley de Planificación y Zonificación del Estado de Veracruz, sin que sea necesario recurrir a lo establecido en los artículos 11 y 12 de ese ordenamiento, ya que del texto de esos preceptos se deduce que, en realidad, no determinan la existencia de un verdadero recurso, que revoque, modifique o confirme la resolución expropiatoria, pues la inconformidad del que hablan, no puede tener otro alcance que impugnar el monto de la indemnización previa, y menos puede considerarse que se trata de un recurso, ya que el decreto mencionado no fija la indemnización y únicamente establece que se hará en los términos de los artículos 11, 12, 13 y 14 de la ley de la materia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5376/39. Cobo Diódoro, sucesión de. 25 septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.