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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 990
AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 990
La procedencia del juicio de garantías no puede estar sujeta a la realización de actos de particulares, porque la acción constitucional solamente nace de actos o resoluciones de autoridad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6977/40. Gaxiola F. Jaime. 22 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.