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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1398
LIBROS DE CONTABILIDAD, RESISTENCIA A MOSTRARLOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1398
Esta Suprema Corte ha establecido que no puede atribuirse al legislador, el propósito de obligar a las negociaciones, a dejar sus libros y documentos al alcance de todas las personas que en ellas trabajan, para que los exhiban a los inspectores, en el momento en que se presenten a practicar las visitas del caso, ya que no es concebible que para satisfacer un medio de fiscalización de los libros de contabilidad o de la documentación correspondiente, se impongan obligaciones en extremo perjudiciales para los causantes, inclusive la pérdida o extravío de la contabilidad o documentos; pero el interesado debe demostrar, para que tenga aplicación este criterio, que la persona con quien se entiende la visita de inspección, no está en posibilidad de exhibir los libros de referencia, porque de no comprobarlo se considerará como resistencia a presentar dichos libros, según la fracción XII del artículo 145 de la Ley del Timbre.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4461/40. Bananera Tuxpan, S. de R. L. 29 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.