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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1426
DEMANDA DE AMPARO, RECHAZAMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1426
Los Jueces de Distrito, para desechar por improcedente las demandas de amparo, no deben hacer consideraciones que propiamente corresponden a la sentencia que deba dictarse en cuanto el fondo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 6080/40. Santiago Marcelo de. 30 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio Mendoza González.