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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 78
EJERCITO, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA EXPEDICION DEL ARTICULO 38 DE LA LEY DE RETIROS Y PENSIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 78
Es improcedente el amparo que se solicite contra la expedición del artículo 38 de la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada Nacionales, en virtud de que dicho precepto no es de inmediata ejecución, por lo que para que pueda estimarse que causa perjuicios a los particulares, es necesaria la realización de un acto posterior de autoridad, para que pueda hacerse valer el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1930/40. Alvarado Josefa. 14 de enero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.