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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328367
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 312
TRIBUNAL FISCAL, RECURSO ANTE EL PLENO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 312
El artículo 56 del Código Fiscal de la Federación, establece la obligatoriedad de la jurisprudencia del Pleno del Tribunal Fiscal para las Salas, y concede un recurso cuando éstas se apartan de aquélla; por lo tanto, a través del medio de defensa aludido, el Pleno sólo se encuentra capacitado para resolver si alguna de las Salas ha dictado un fallo en contra de su jurisprudencia, y si por esta causa debe ser revocado, salvo que debe subsistir por otros motivos o que el tribunal resuelva cambiar su jurisprudencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5799/40. " La Principal ", S. A. Compañía Manufacturera de Cigarros. 21 de enero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio Mendoza González. Excusa: Manuel Bartlett Bautista.