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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 706
EJIDOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 706
Debe negarse la suspensión que se solicite contra la ejecución de resoluciones presidenciales dictadas en materia agraria, pues las mismas se fundan en disposiciones de orden público, como son las que contiene el Código Agrario, cuyo cumplimiento es de interés general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6486/40. Melo y Ostos Samuel. 29 de enero de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXVI, página 961, tesis de rubro "EJIDOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN MATERIA DE.".
Tomo LXV, página 1218, tesis de rubro "EJIDOS, SUSPENSION EN CASO DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES EN MATERIA DE.".