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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 882
INSPECCION OCULAR, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 882
La prueba de inspección ocular tiene lugar cuando, como su nombre lo indica, deba inspeccionarse determinado lugar u objeto, levantándose planos sacándose fotografías; por lo que si lo que pretende el interesado es que el Juez dé fe de constancias existentes en archivos, la prueba que debe ofrecer es la documental.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7589/40. Rueda María Isabel. 4 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.