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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328409
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 899
MINAS, SUSPENSION CONTRA LAS DECLARACIONES DE DESISTIMIENTO DICTADAS CONTRA DE LOS SOLICITANTES DE CONCESIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 899
El acto consistente en la declaración de tener por desistido al quejoso de su solicitud de explotación de un lote minero, es de naturaleza positiva, ya que la tramitación del expediente tiene que culminar con alguna resolución, y por tanto, procede conceder la suspensión que se pida contra dicho acto, para que la declaratoria de desistimiento no produzca efectos, esto es, para que siga en pie la solicitud presentada, ya de resolverse lo contrario, se causaría al promovente del juicio de garantías, un perjuicio de difícil reparación, pues si obtuviera en cuanto al fondo, de encontraría con una nueva situación, debido a la libertad del lote, perdiendo quizá su derecho de preferencia y todas sus consecuencias.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8342/39. Mendoza B. Tranquilino G.. 4 de febrero de 1941. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.