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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328441
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1481
IMPUESTO PREDIAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1481
El impuesto sobre propiedad urbana, puede dividirse tanto sobre la tierra, como sobre las construcciones; si se da el caso de que la Federación sea propietaria únicamente de la tierra, y si las construcciones, son propiedad de otra persona física o moral, ésta deberá enterar el importe de las contribuciones sobre el valor de la construcción, en proporción de los dispuesto por la ley catastral, esto es, conforme al avalúo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7586/39. Pineda Federico y coagraviados. 14 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.