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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2349
SIMULACION DE CONTRATO CON RELACION AL FISCO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2349
Para que haya simulación de contrato, se necesita de acuerdo o convenio secreto, que tenga lugar entre las partes contratantes. En un contrato de compraventa de objetos y derechos, en el que, de común acuerdo, las partes fijen el precio en moneda extranjera, cubriendo bajo la vigilancia del notario que autorice la escritura pública, los impuestos correspondientes a la operación, de conformidad con la tabla oficial de equivalencias, que proporcione la Secretaría de Hacienda, después de haberse reducido la moneda extranjera a moneda nacional, puede deducirse que concluye la operación con respecto al fisco, pues éste recibe los impuestos que justamente le corresponden, y no puede considerarse que exista simulación, por el hecho de que la parte adquirente haga figurar en sus libros, la adquisición, con una cantidad en moneda mexicana, superior a la moneda mexicana que resulte de la conversión efectuada conforme a la tabla respectiva. Es indispensable, pues, para que quede comprobada la simulación, que se descubra por los libros o por alguna otra prueba fehaciente, que las partes contratantes hubieran convenido en forma secreta, perjudicando con esto al erario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4881/40. "Editorial Patria", S. A. 5 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.