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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
328478
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2552

MOLINOS DE NIXTAMAL, SUSPENSION CONTRA LA CANCELACION DE LA LICENCIA PARA EXPLOTAR LOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2552

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6754/40. Carrancedo José María. 10 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.
Registro digital (IUS): 328478