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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2747
IMPUESTOS, PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2747
Si se ha establecido que el pago de un impuesto debe hacerse por mensualidades y no diariamente, la Secretaria de Hacienda no tiene por que devolver parte de las contribuciones correspondientes al último mes de la concesión que haya dado, aunque durante éste no haya sido utilizada, si dicha secretaria es ajena a las causas por las que no se utilizó.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5037/35. José Ayala. 19 de febrero de 1936.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.