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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2786
RADIO-ELECTROLAS, IMPUESTOS SOBRE LAS (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2786
De acuerdo con el artículo número 13 expedido por la LXVII Legislatura del Estado de San Luis Potosí, las radio-electrolas quedan comprendidas dentro de la denominación de aparatos electromecánicos musicales, con mayor razón, si son usados en algún centro de diversión, por lo que, los propietarios de dichos aparatos, están obligados a hacer el registro correspondiente para el pago de impuestos, tal como lo establece el mencionado decreto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6698/40. Fuentes Celia de la. 13 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.