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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328558
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 36
GASOLINA, IMPUESTO AL COMERCIO SOBRE LA VENTA DE (LEGISLACION DE YUCATAN).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 36
La ley expedida por el presidente de la República, el 29 de diciembre de 1932, estableció para el consumo de gasolina, un impuesto que asciende, en total, a la cantidad de ocho centavos por cada litro y que se causa al salir de las refinerías el producto, o al introducirlo al país, esto es, desde antes de ser lanzado al mercado, pues cuando llega a él, ya lleva su precio, aumentado con la cuota proporcional al impuesto; de manera que, en realidad, el precio que los consumidores pagan por el producto, no constituye en su totalidad, un ingreso para los productores o para los importadores. Ahora bien, si el fisco de Yucatán estableció el impuesto al comercio sobre ventas de gasolina, tomando como base los ingresos brutos, no deben entenderse por éstos, los precios íntegros pagados por el consumidor, en el acto de efectuarse la transacción, sino que únicamente deben estimarse como ingresos, aquellas partes del precio que realmente ingresen al patrimonio del industrial o del vendedor, una vez desconectado el impuesto establecido por la ley a que antes se hizo referencia.
Precedentes
Tomo LXVI, página 2720. Indice Alfabético. Amparo directo 4190/39. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 12 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXVI, página 2720. Indice Alfabético. Amparo directo 4186/39. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 12 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXVI, página 36. Amparo directo 4178/39. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 1o. de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXVI, página 2720. Indice Alfabético. Amparo directo 4174/39. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 1o. de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Asiáin.