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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 155
AUTORIDADES EJECUTORAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 155
No están obligadas a responder en el amparo de la constitucionalidad de los actos cuya realización se les encomienda, sino solamente de los vicios en que incurran en los procedimientos de ejecución, supuesto que las autoridades sólo pueden ser demandadas por sus propios actos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2708/40. Comunidad Agraria de Maltaraña, Estado de Jalisco. 4 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.