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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
328573
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 221

SECRETARIA DE HACIENDA, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PROMOVIDO POR LA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 221

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 8789/39. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 7 de octubre de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Engrose: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LXVI, página 2550. Amparo 3890/39. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 1o. de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXV, página 4416. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 2798/39. Departamento de Impuestos sobre Bebidas Alcohólicas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 1o. de abril de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Engrose: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 328573