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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328589
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 524
BEBIDAS ALCOHOLICAS, VENTA DE , EN RESTAURANTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 524
En virtud de que el artículo 12 del Reglamento de Expendios de Bebidas Alcohólicas, autoriza la venta de vinos y licores en los restaurantes, a las personas que los tomen con los alimentos, si la autoridad no acredita que la intención del propietario sea la de administrar vinos sin los alimentos, prohibición que contiene el precepto mencionado, es claro que la negativa de la propia autoridad a otorgar licencia adicional, para la venta de esas bebidas, carece de fundamento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4254/39. Noriega Sordo Francisco. 17 de octubre de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: José M. Truchuelo y Abenamar Eboli Paniagua. Relator: Fernando López Cárdenas.