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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 553
NATURALIZACION, SUSPENSION CONTRA EL ACUERDO QUE LA DECLARA NULA Y CONTRA SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 553
Si el acuerdo que declara nula la carta de naturalización extendida a favor del quejoso ha sido consumado, no se puede conceder en su contra la suspensión, pues se darían a ésta efectos restitutorios, los cuales son propios de la sentencia que se dicte en cuanto al fondo del amparo; pero en cambio, procede conceder la suspensión contra los efectos del acuerdo mencionado consistentes en la perdida de la nacionalización mexicana, sus prerrogativas y obligaciones, y en la readquisición de la nacionalidad extranjera, pues dichos efectos se producen momento a momento, a partir del acuerdo de nulidad, y se llenan, en tal caso, los requisitos establecidos por el artículo 124 de la Ley de Amparo, para conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4909/40. Page James (Demetrio Psihas). 18 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.