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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328599
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 577
PERSONAS EXTRAÑAS AL PROCEDIMIENTO FISCAL, AMPARO IMPROCEDENTE PROMOVIDO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 577
La defensa de la propiedad de un tercero extraño al procedimiento fiscal, debe hacerse mediante el recurso ordinario que, en favor de los poseedores a título de propietarios, establece el artículo 160, fracción V, inciso 3o. del Código Fiscal de la Federación, precepto en virtud del cual, debe el tercero formular su instancia ante la oficina ejecutora, y en caso de que la resolución de ésta, sea desfavorable a sus intereses, debe acudir ante el Tribunal Fiscal de la Federación en juicio de oposición. Por tanto, si el tercero extraño a un procedimiento fiscal, no agota el recurso aludido, antes de promover el juicio de garantías, debe sobreseerse en éste, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 73, fracción XV, y 74, fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1039/40. Salazar J. Jesús y coagraviados. 19 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Relator: Agustín Gómez Campos.