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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 584
PERSONAS MORALES DE DERECHO PUBLICO, CASOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO PROMOVIDO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 584
Las personas morales de derecho público, en cuanto defienden derechos patrimoniales, pueden promover el juicio de amparo, porque entonces tales personas no actúan en funciones de autoridad; pero cuando las personas morales de derecho público actúan en ejercicio de su soberanía, funcionando como autoridades, no pueden pedir amparo, porque en ese supuesto , carecen de garantías individuales, que son los derechos del hombre protegidos por el juicio constitucional, frente al poder público.
Precedentes
Amparo administrativo directo 5046/39. Agente del Ministerio Público Federal. 19 de octubre de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos.