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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 626
COLONIZACION, SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE, EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 626
Si habiéndose negado la suspensión solicitada contra el procedimiento de colonización, seguido en contra del quejoso, por tratarse de la aplicación de una ley de interés general, reglamentaria del artículo 27 constitucional, como es la Ley Federal de Colonización, el propio quejoso solicita nuevamente la suspensión por causa superveniente, consistente en que fue designado un perito en el procedimiento mencionado, lo que le causa perjuicios de difícil reparación, por tener que cubrir los gastos y honorarios que con tal motivo se originen, debe resolverse que la suspensión no procede, pues es evidente que la designación del perito no puede traducirse en que la Ley Federal de Colonización deje de ser de interés general y de orden público, como ha sido resuelto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7271/39. Obregón viuda de Martínez Eulalia. 21 de octubre de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.