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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328621
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 676
REVISION A NOMBRE DE LOS DEPARTAMENTOS DE LAS SECRETARIAS DE ESTADO, POR LOS OFICIALES PRIMEROS DE DICHOS DEPARTAMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 676
Debe estimarse que el oficial primero de un departamento dependiente de una secretaría de Estado, tiene personalidad para interponer el recurso de revisión, a nombre de dicho departamento, si consta que se le concedió por el secretario del ramo, o por el oficial mayor, en ausencia de aquél, autorización para que quedara como encargado del departamento, con el fin de que se rindieran los informes en los juicios de amparo y se interpusieran recursos durante la ausencia del jefe del mismo departamento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 798/40. Espinosa Agustín. 23 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.