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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 722
APELACION EN JUICIOS SUMARIOS DE REVOCACION, EXPRESION DE AGRAVIOS POR EL TERCER COADYUVANTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 722
El tercer coadyuvante del agente del Ministerio Público, al apersonarse en la aplicación relativa a un juicio sumario de revocación ante el Magistrado de Circuito, tiene el derecho de formular agravios contra la sentencia pronunciada por el Juez de Distrito, no obstante no haber apelado de dicha sentencia, pues precisamente su carácter de coadyuvante de la parte demandada lo capacita para, en ocasión del recurso interpuesto por ésta, exponer las violaciones legales que en su concepto cometió el Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo administrativo directo 3641/40. Fábrica de Calzado "La Victoria", S. A. 24 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.