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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 835
GANADERIA, IMPUESTOS A LA (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 835
Es improcedente el juicio de garantías que se interponga contra la ley que establece el impuesto a la ganadería, contenida en el Código Hacendario del Estado de Jalisco y en la Ley de Ingresos de la propia entidad, puesto que no entraña, por su sola expedición, violación de garantías individuales, sino que se necesitan actos posteriores de autoridad, para realizar las violaciones, tales como el cobro del impuesto o la imposición de sanciones en su caso.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda. 5092/40. Asociación de Criadores de Ganado y coagraviados. 28 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Abenamar Eboli Paniagua.