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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 961
EJIDOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 961
Debe negarse la suspensión que se solicite contra la ejecución de las resoluciones presidenciales, que de manera definitiva, dotan de ejidos a los pueblos, porque de concederse se perjudicaría el interés general y se contravendrían disposiciones de orden público.
Precedentes
Tomo LXVI, página 2696. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5578/40. Chávez Abel. 23 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Gómez Campos.
Tomo LXVI, página 2696. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5968/40. Lorenzini Alberto. 21 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Ponente: Agustín Gómez Campos.
Tomo LXVI, página 961. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5645/40. Chávez Emilio y coagraviados. 31 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.