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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328658
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 988
LEY FORESTAL, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 988
Debe negarse la suspensión que se solicite contra la prohibición de derribar árboles y contra las consecuencias de esa prohibición, porque la aplicación de la Ley Forestal y de su reglamento es de orden público; además de concederse la suspensión, quedaría el amparo sin materia, toda vez que el quejoso procedería a derribar los árboles y a aprovechar su madera.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4968/40. Murguía José y coagraviado. 1o. de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.