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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1002
MUSICA, APARATOS MECANICOS DE, EN LOS EXPENDIOS DE BEBIDAS EMBRIAGANTES, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA PROHIBICION DE QUE FUNCIONEN AQUELLOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1002
Debe negarse la suspensión que se solicite contra la prohibición para que funcionen aparatos mecánicos de sonido, en los expendios de bebidas embriagantes, pues por una parte, la sociedad está interesada en que se reglamente el uso de esos aparatos, cuya excesiva sonoridad causa perturbaciones graves a la salud, y también en que se impida, por los medios más eficaces, la propagación del vicio de la embriaguez, el cual es estimulado por el funcionamiento de los aparatos de que se trata.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5691/40. Hoyos Jorge M. y coagraviados. 1o. de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.