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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1208
CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE CONCESIONARIOS Y PARTICULARES, NATURALEZA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1208
Los contratos administrativos, que aun cuando celebrados por la autoridad con particulares, se rigen por las estipulaciones concertadas entre ambas partes contratantes, las cuales pueden convenir libremente y sin limitación alguna acerca de las obligaciones que están dispuestas a contraer, son diferentes de los contratos que las empresas concesionarias, celebran con los particulares, pues éstos están condicionados, desde que se firman, a las modificaciones que resulten de las concesiones y requisitos, que con sujeción a la ley fije la autoridad, para que el servicio que se preste sea verdaderamente eficiente o garantice de manera eficaz y equitativa los intereses del público.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3870/40. American Bed Company, S. A. 8 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.