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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1369
DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, EL SECRETARIO DEL, PUEDE RENDIR INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DEL COMITE DE VIGILANCIA DE LAS INDUSTRIAS DEL PAN, NIXTAMAL Y CARBON VEGETAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1369
Debe estimarse que el Secretario General del Departamento del Distrito Federal, puede rendir, por acuerdo del titular del mismo Departamento, informes justificados a nombre del Comité de Vigilancia de las Industrias del Pan, Nixtamal y Carbón Vegetal, en virtud de que este organismo carece de autonomía propia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9002/39. López Chávez Evodio. 12 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.