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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328696
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1417
MARCAS, DERECHOS EXCLUSIVOS POR EL REGISTRO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1417
El artículo 2o. de la Ley de Marcas de 1903, otorgaba el derecho exclusivo al uso de una marca, cuando ésta se registraba llenándose las formalidades legales; pero dicha ley, en concordancia con la de 1928, que establece en su artículo 4o., la limitación de esos derechos exclusivos, frente a un tercero que haya explotado la marca en la República Mexicana, con más de tres años de anterioridad a la fecha del registro, contenía en el artículo 10, una disposición análoga, en la cual prevenía que el registro de una marca debía hacerse sin previo examen de novedad, bajo la exclusiva responsabilidad del solicitante, y sin perjuicio de tercero.
Precedentes
Amparo administrativo directo 7566/39. The Cream of Wheat Corporation. 13 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.