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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328703
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1374
AUDIENCIA EN EL AMPARO, QUEJA INFUNDADA CONTRA EL AUTO QUE ORDENA ADELANTARLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1374
Es infundada la queja que se haga valer contra el auto de un Juez de Distrito por el cual, para dar cumplimiento al artículo 147 de la Ley de Amparo, adelanta la fecha en que ha de tener lugar la audiencia constitucional, fecha que por un error había señalado fuera del plazo a que se refiere el mencionado precepto.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 471/40. Compañía Azucarera del Mante, S. A. 12 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.