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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1598
DERECHOS ADUANALES, APLICACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1598
De conformidad con el artículo 670, reformado, de la Ley Aduanal de 30 de diciembre de 1929, debe estimarse que la aplicación de los derechos aduanales sencillos, para decidirla siempre, e independientemente de la resolución del Jurado de Infracciones Fiscales, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 878/37. Compañía Mexicana de Agua Caliente, S. A. 18 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.