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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1748
PANADERIAS, AMPARO CONTRA LA CLAUSURA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1748
Debe negarse el amparo que se solicite contra la orden de clausura de una panadería, si la misma funcionaba sin la licencia respectiva; y si el quejoso considera que tiene derecho a dicha licencia, debe reclamar la negativa a expedírsela, si así lo hubieren resuelto las autoridades responsables, pero es claro que mientras no cuente con la licencia, está impedido para abrir y explotar su fábrica de pan, y puede llevarse a cabo válidamente la clausura de la misma.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1144/39. Bárcenas Genaro. 21 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXVII, página 6312, tesis de rubro "PAN, CLAUSURA DE LOS EXPENDIOS DE.".