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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328731
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1873
COMPENSACION DE CREDITOS Y ADEUDOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1873
De acuerdo con el artículo 47 del Código Fiscal, las autoridades fiscales deben hacer de oficio la compensación de los créditos y adeudos fiscales, cuando la misma reúna los requisitos que la ley citada establece, pues de lo contrario, violan el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5060/40. O'Reilley Francisco. 25 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.