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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 2308
OPOSICION, PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 2308
De lo dispuesto por el artículo 196 del Código Fiscal de la Federación, se desprende que al conocer el Tribunal Fiscal de un juicio de oposición, no es necesario que reciba las pruebas que hayan ofrecido las partes, y que se refieran al fondo del asunto, cuando exista algún motivo para sobreseer en el juicio, el cual puede hacerse valer aun de oficio, por ser una cuestión de orden público que impide entrar al examen de las de fondo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5792/40. Laboratorios Químicos "Querétaro". 6 de diciembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.