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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 2363
VIAS GENERALES DE COMUNICACION, SUSPENSION CONTRA LA APLICACION DE LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 2363
Debe negarse la suspensión que se solicite contra todas aquellas medidas dictadas en aplicación de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en virtud de que este ordenamiento es de orden público, lo que trae como consecuencia que no se llene el requisito exigido por la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5944/40. Saldaña Feliciano. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.