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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 277
AUTORIDADES RESPONSABLES, JUSTIFICACION DE SUS PROCEDIMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 277
No es necesario que las autoridades responsables citen el número del precepto legal en que pretenden fundar el acto reclamado, pues basta que hagan referencia al contenido de las disposiciones de la ley en que apoyan sus determinaciones, para que éstas no se tengan por inválidas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 115/40. Yruegas Juan. 5 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.