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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328825
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 406
COMISARIADOS EJIDALES, CARACTER DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 406
Los comisariados ejidales deben ser vistos bajo dos aspectos: como autoridades ejecutoras que intervienen en la tramitación, resolución y ejecución de los expedientes agrarios, y como encargados de la administración de los bienes agrarios y de la vigilancia de los fraccionamientos, esto es, como administradores; y es claro que con este último carácter, no son autoridades y tienen capacidad jurídica para acudir a las autoridades administrativas y judiciales, en representación del núcleo de población que les corresponda, con las facultades de un mandatario general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 3215/40. Comisariado Ejidal del Poblado de Francisco I. Madero, Municipio de Calpulalpan, del Estado de Tlaxcala. 8 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Rodolfo Asiáin.