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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328845
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 675
MULTAS, CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS POR NO PAGAR LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 675
Ni la Ley de Hacienda para el Distrito Federal, ni el Reglamento para el Cobro de Multas por Infracciones a los Reglamentos Gubernativos, ni el Reglamento sobre Expendios de Bebidas Alcohólicas, autorizan la clausura de un restaurant con venta de vinos y licores, por no cubrir las multas que se impongan por infracciones cometidas en esos establecimientos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8475/39. Pérez García Ignacio. 13 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rodolfo Asiáin no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.